19 de abril de 2024
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Economía y Agro

Simplifican las exigencias a productores y operadores de granos

«La medida deroga normativas que obligaban a los responsables de operaciones primarias de depósitos y/o compraventa de granos a brindar información referida a los formularios impresos que respaldaban sus operaciones», explicó la AFIP en un comunicado.

La normas suprimidas son las resoluciones generales 4956 (Oncaa) y 2324 de la AFIP, y además se modificaron la 456 del Ministerio de Agroindustria y la 1.593 del organismo recaudador.

«A través de estas, se eliminan regímenes informativos posteriores a las operaciones, en los que se requerían datos de los comprobantes en papel emitidos por el sector, como las Cartas de Porte, liquidaciones y certificaciones primarias de granos», explica el comunicado oficial.

También queda sin efecto la obligación de llevar un “Libro de Existencias” de granos, y el Formulario C14, que establecía la existencia de granos en plantas de acopio. «A partir de ahora, ambos organismos compartirán información y eliminarán la duplicidad de exigencias en las distintas presentaciones», se informó.

Esta medida se complementa con los cambios realizados en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) del Ministerio de Agroindustria, que eliminó el Registro de Productores dado que su información ya estaba a disposición de la AFIP y del Senasa.

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